Régimen de empleadas de hogar

Publicado el 18/02/2013, en Empleadas de hogar, Tabla salarial

El sector de las empleadas de hogar tiene, desde el 1 de enero de 2012, casi las mismas condiciones laborales y de cotización que el resto de los sectores.

Empleadas-de-hogar.jpgCualquier trabajo doméstico implica desde ese año la existencia de un contrato laboral escrito (hasta ahora podía ser verbal, sin embargo es recomendable siempre realizarlo por escrito) y la retribución deberá equipararse, al menos, al salario mínimo (641,41 euros al mes). Además, las familias deberán cotizar por sus empleadas de hogar desde la primera hora trabajada, frente al modelo anterior, que sólo obligaba a cotizar a partir de las 20 horas semanales, recayendo sobre la empleada la obligación en caso de que fuera inferior a este tiempo la prestación de servicios.

El nuevo marco laboral establece una nueva tabla salarial para empleadas de hogar según la cual la retribución en especie no superará el 30% del total y una vez detraída, el salario no podrá quedar por debajo del mínimo. Con la regulación anterior a las empleadas se les podía restar hasta un 45% de su sueldo en concepto de manutención.

Además, con la nueva regulación, las empleadas de hogar recibirán dos pagas extraordinarias al año (hasta ahora eran medias pagas) y se mejorará el descanso entre jornadas. El nuevo marco laboral y de Seguridad Social fue aprobado por el anterior Gobierno socialista para que entrase en vigor en 2012 tras 25 años en que este colectivo se regía por unas condiciones arcaicas.

En el ámbito laboral, se mantiene como causa de despido la mera voluntad del empleador/a, pero deberá comunicarlo de forma expresa. En los nuevos contratos, la indemnización por despido de una empleada de hogar se amplía de 7 a 12 días de salario por año de servicio. Queda pendiente, eso sí, el proyecto más ambicioso: el acceso a la protección por desempleo.

En Seguridad Social, las empleadas de hogar se integran en el régimen general y cotizarán desde la primera hora. Para ello, se establecen 15 tramos de cotización con unas bases que van desde los 90,2 euros mensuales hasta los 748,2. Para relaciones laborales ya existentes, empleadores y empleados tendrán hasta el 1 de julio para regularizar su situación. También se establece un periodo transitorio, hasta 2019, para equiparar las cotizaciones de estas empleadas a las del régimen general.


Tabla salarial empleadas del hogar y cotización a la Seguridad Social

La modificación de la ley de empleadas de hogar ha reducido el número de tramos de 15 a 8.

El coste de la seguridad social por la contratación de una empleada de hogar sería el siguiente, que como se puede ver no es muy elevado, lo que hace recomendable regularizar las indicadas situaciones:

 

Tramos

 Sueldo Bruto  SBM* (€/mes)

Base Cotización (€)

Total Cuota 24.00% (€)

Cuota Empleador/a 20,15% (€)

Cuota Empleado/a Hogar 3,85% (€)

Tramo 01

Hasta 172,05

147,86

35,49

29,79

5,69

Tramo 02

Desde 172,06 hasta 268,80

244,62

58,71

49,29

9,42

Tramo 03

Desde 268,81 hasta 365,60

341,40

81,94

68,79

13,14

Tramo 04

Desde 365,61 hasta 462,40

438,17

105,16

88,29

16,87

Tramo 05

Desde 462,41 hasta 559,10

534,95

128,39

107,79

20,60

Tramo 06

Desde 559,11 hasta 655,90

631,73

151,62

127,29

24,32

Tramo 07

Desde 655,91 hasta 753,00

753,00

180,72

151,73

28,99

Tramo 08

Desde 753,01

790,65

189,76

159,32

30,44

 *Bonificaciones Cuota Seguridad Social Régimen Especial Empleados Hogar, para contratos mayores de 60 horas / Empleadas Hogar 2013 = 20% nuevas altas y 45% familias numerosas

 

Con efectos desde 1 de abril de 2013

Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. No obstante, estos últimos también podrán presentar la solicitud de baja en caso de extinción de la relación laboral.

Si va a comenzar una relación laboral en el ámbito del trabajo doméstico infórmese de todas las actualizaciones respecto a la normativa y el convenio laboral de empleadas de hogar: contrato, tabla salarial, cotización a la seguridad social, etc. En Borrell Gestora estamos a su disposición para aclarar cualquier duda.




¿Alguna duda? Escríbanos:


Nube de etiquetas



Archivos

BorrellGestora.com utiliza cookies para que tengas la mejor experiencia de navegación. Si sigues navegando entendemos que aceptas nuestra Política de cookies