Modificaciones en el modelo 347

Publicado el 14/10/2014, en Agencia Tributaria, Modelo 347

(Orden HAP/1732/2014. BOE 26/09/2014)

Las principales modificaciones con aplicación por primera vez para la presentación de las declaraciones 347 o de más de 3005,06 euros, que corresponden al ejercicio 2014 son las siguientes:

La fecha de presentación será en febrero 2016 salvo que surja alguna modificación.

Los Nuevos Obligados:

- Las Comunidades de bienes en propiedad horizontal “comunidades de propietarios”.
(Las entidades a las que sea de aplicación la Ley 49/1960)
- Las entidades o establecimientos privados de carácter social
(a las que se refiere el art.20.Tres de la Ley 37/1992)

Se incluirán en ambos también en la declaración anual de operaciones con terceras personas las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza.

Como Excepciones, a los supuestos anteriores, en las comunidades de bienes en propiedad horizontal podemos encontrar:

- Las de suministro de energía eléctrica y combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario.
- Las de suministro de agua con destino a su uso y consumo comunitario.
- Las derivadas de seguros que tengan por objeto el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes.

Para cualquier consulta no dude en ponerse en contacto con nuestra gestoría para cualquier aclaración.




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