Declaraciones trimestrales 2015

Publicado el 13/10/2015, en Autónomos, IRPF, Gestoría Autónomos Barcelona

Desde Borrell Gestora, gestoría especializada en autónomos y empresas, de grande o reducida dimensión, tienen la obligación de presentar declaraciones trimestrales o anuales a la Agencia Tributaria. En esas declaraciones se incluye una parte básica de la contabilidad de toda actividad económica, las facturas de gastos y ventas, que permiten calcular el IVA que corresponde pagar.

Declaraciones-trimestrales-autonomos.pngRecordamos que desde el pasado mes de julio y mediante la aprobación del Real Decreto Ley 9/2015 habrá que tener en cuenta las modificaciones en el IRPF 2015 llevadas a cabo por el ejecutivo, principalmente a la hora de elaborar las declaraciones trimestrales.

Estos cambios nos indican que tenemos que revisar toda nuestra documentación para reajustar los porcentajes de IRPF que hayamos aplicado y adaptarlos a los nuevos tipos de retención de IRPF 2015, según lo establecido por el Decreto Ley aprobado. 

 

Autónomos / Empresas: declaraciones trimestrales

Toma nota de las declaraciones trimestrales que deberás presentar:

  • Declaración trimestral del IVA: debiendo presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
  • Declaración trimestral del IRPF: deberás presentar el modelo 130 si tributas por estimación directa o el modelo 131 si tributas por módulos, hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
  • Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta en caso de tener facturas con retención. Las más habituales son las retenciones por el IRPF que se efectúan en las nóminas de los trabajadores, las de las facturas de los profesionales independientes, modelo 111 sobre las rentas pagadas por alquileres, modelo 115. El plazo para presentarlas es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.

Autónomos: declaraciones anuales

Junto con las declaraciones trimestrales, a principio de año los autónomos y empresas deben presentar una serie de declaraciones anuales a la Agencia Tributaria, que son las siguientes:

  • Declaraciones anuales: son esencialmente de carácter informativo. Se deben presentar a la Agencia Tributaria en el mes de enero, tanto sobre retenciones como de ingresos a cuenta modelo 190 como sobre el IVA modelo 390.
  • Declaración anual de operaciones con terceros: Se debe presentar en el modelo 347 durante el mes de marzo. En este indicando aquellas personas o entidades, clientes o proveedores, con los que en el año anterior el conjunto de operaciones realizadas haya superado los 3.000,00 euros.
  • Declaración anual del IRPF: a presentar mediante el modelo 100 desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio. Es lo que se conoce como la declaración de la renta.

Sin embargo, hay un caso particular, es el de las sociedades. Éstos están obligados a presentar anualmente el modelo 200, antes del 25 de julio, y realizar los pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre, mediante el modelo 202.

Desde el 2014, es obligatorio presentar las declaraciones trimestrales Online. Borrell Gestora somos un centro PAE (Puntos de Atención al Emprendedor) acreditado en Barcelona y estamos especializados en dar asesoría a autónomos para la presentación de sus declaraciones, para cualquier duda consulta a nuestro equipo asesor.

 




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