La inspección de trabajo en los contratos a tiempo parcial

Publicado el 16/09/2016, en Contratos de trabajo, Contratos

En nuestro país cada vez se conciertan más contratos a tiempo parcial, pero también se ha incluido un nuevo control de la jornada de trabajo, diseñado para las horas que invierten los trabajadores a jornada parcial principalmente, pero al aplicar el estatuto de los trabajadores, la inspección comienza a solicitarlo en los contratos a tiempo completo también. Este registro obligatorio que tiene que ser documentado por la empresa no es de fácil cumplimiento y ha hecho que las empresas se lo piensen dos veces antes de hacer esta clase de contratos.

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Las horas complementarias en los contratos a tiempo parcial

Conviene que analicemos las ventajas que tienen en cuanto a horario estos contratos para entender los problemas prácticos que conlleva el control de las horas trabajadas a tiempo parcial.

-Horas complementarias pactadas:

Tras el Real Decreto-Ley 16/2013 es posible pactar horas complementarias con trabajadores temporales a tiempo parcial (antes sólo era posible con trabajadores indefinidos). Además, se ha ampliado del 15% al 30% el máximo de horas complementarias que se pueden prestar respecto a la jornada laboral pactada en el contrato, un límite que puede llegar hasta el 60% si se alcanza un acuerdo por convenio colectivo.

Por otra parte, es obligatorio plasmar por escrito el compromiso de realizar horas complementarias, pero ahora también se impone que sólo pueden pactarse con los trabajadores que tengan una jornada de trabajo superior a 10 horas semanales.

-Horas complementarias voluntarias:

El Real Decreto-Ley de Diciembre de 2013 también da al empresario la opción de que ofrezca a los trabajadores con contrato indefinido, cumplir horas complementarias de aceptación voluntaria. Estas horas no podrán sobrepasar el 15% de las horas ordinarias pactadas en el contrato, pero a través de convenio colectivo pueden ampliarse al 30%.

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Sanciones por incumplimiento del registro de la jornada a tiempo parcial

La jornada de los trabajadores a tiempo parcial ha de registrarse día a día y se totalizará mensualmente, dando una copia al trabajador junto con el recibo del salario y el resumen de las horas realizadas. Además, el registro de estas horas tiene que ser conservado por el empresario durante un mínimo de 4 años.

Por todo esto, es complicado llevar un registro de las horas trabajadas por un trabajador parcial. Además, si se incumple alguno de estos puntos, la empresa puede ser sancionada con:

-Entre 60 y 625 euros de multa como infracción leve por incumplimiento de obligaciones documentales.

-Una multa de entre 626 y 6250 euros por infracción en materia de jornada.

-La obligación de convertir el contrato parcial en uno de tiempo completo.

En resumen, llevar esta documentación al día es costoso y por ello es necesario que las empresas implanten sistemas de registro de las horas diarias que trabajan los empleados a tiempo parcial. Tampoco hay que olvidarse de documentar el resumen mensual en el que figura la realización de dichas horas para cumplir con todas las exigencias legales de las que hemos hablado y evitar posibles sanciones.




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