¿Cuánto tarda en pagar Fogasa?
Publicado el 15/06/2015, en Fogasa, Fondo de Garantía Salarial, Indemnizaciones, Despidos
Cuánto tarda en pagar Fogasa es una pregunta que se ha venido haciendo mucha gente desde que comenzó la crisis, allá por el año 2008. Muchas personas afectadas se han visto obligadas a recurrir a un abogado laboralista para reclamar al Fondo de Garantía Salarial o Fogasa el pago de las indemnizaciones o salarios que les correspondían y a los que sus empresas no han hecho frente. Y muchas de esas personas afectadas, a fecha de hoy, ya en 2015, siguen sin tener muy claro cuánto tarda en pagar Fogasa.
Nuestro equipo de asesores laborales quiere desgranar muy bien cómo funciona el Fogasa o Fondo de Garantía Salarial, qué prestaciones ofrece y qué plazos fija tras la reciente sentencia del Tribunal Superior en relación a los plazos de respuesta del Fogasa.
Haremos también una breve pasada sobre la situación del Fogasa en Cataluña y más concretamente de cuáles están siendo los plazos de respuesta del Fogasa en Barcelona, por ser ésta nuestra zona geográfica de acción. Veremos que la aprobación de una solicitud al Fogasa en Barcelona llega a alcanzar de media los 298 días, muy por encima de la media estatal y sobre todo muy por encima de los 3 meses de plazo máximo que establece la ley.
¿Qué es y cómo funciona el Fogasa?
El Fogasa o Fondo de Garantía Salarial es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que se hace cargo del pago de los salarios y de las indemnizaciones por despido correspondientes a trabajadores de empresas que se han declarado insolventes o que están en concurso de acreedores, y que por lo tanto no han hecho frente a los mismos. Es en estas situaciones en las que se ha de recurrir al Fogasa, que establece las siguientes condiciones para los pagos:
• Indemnizaciones: en el caso de las indemnizaciones se establece que el Fogasa o Fondo de Garantía Salarial asumirá las indemnizaciones que hayan sido reconocidas a favor de los trabajadores en sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa como consecuencia de un despido o extinción de contrato (art. 50,51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 64 de la ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal).
• Salarios: en situación de salarios pendientes de pago, el Fogasa o Fondo de Garantía Salarial asumirá estos salarios, incluyendo la parte proporcional de las pagas extras así como los salarios de tramitación.
El Fogasa aplica algunas restricciones a la hora de efectuar estos pagos:
En el caso de las indemnizaciones por despido el pago por parte del Fogasa queda limitado a una anualidad como máximo, fijando el importe del salario diario (que es la base del cálculo) en el doble del salario mínimo interprofesional. La parte proporcional de pagas extras quedaría incluida.
En el caso de los salarios pendientes el Fogasa fija el límite en el doble del salario mínimo interprofesional diario (incluyendo la parte proporcional de pagas extras) multiplicado por el número de días pendientes de pago, con un máximo de 120 días. El plazo de solicitud del pago de prestaciones al Fogasa será de un año desde la fecha del acto de conciliación, sentencia, auto, resolución de la Autoridad Laboral o Resolución judicial complementaria donde se reconozca la deuda de los salarios o se fijen las indemnizaciones que se estén reclamando.
¿Cuánto tarda en pagar Fogasa?
Lo que no está tan claro es cuánto tarda en pagar Fogasa. Aunque según la ley el plazo está establecido en 3 meses (sin excepción), debido al incremento de personas que han tenido que recurrir al Fogasa para recibir sus salarios e indemnizaciones en los últimos años, el Fogasa se ha visto desbordado y acumula meses de retraso en numerosos expedientes. A finales del año 2014 aún había 57.590 casos pendientes de tramitación.
Como consecuencia de este atasco, el Tribunal Supremo (TS) ha dictado recientemente una sentencia por la cual se aclara cualquier duda en torno a la cuestión de cuánto tarda en pagar Fogasa. En esta sentencia el TS establece que las solicitudes realizadas al Fogasa que no hayan sido respondidas en el plazo de 3 meses, o que se hayan denegado una vez superado este plazo, deberán ser abonadas por ‘silencio administrativo positivo’.
Esta sentencia se apoya en el artículo 43.1, 2 y 3 de la Ley 30/92, en el cual se afirma que la estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento. Asimismo la legislación califica el silencio administrativo positivo o negativo como la garantía de los derechos de los ciudadanos cuando la Administración “no atiende eficazmente y con la celeridad debida las funciones para las que se ha organizado".
De esta forma los derechos de los trabajadores y trabajadoras se ven protegidos en un momento de especial vulnerabilidad frente a la ineficacia de las Administraciones, que es a quienes les corresponde hacerlo. Se asegura así el pago por parte del Fogasa o Fondo de Garantía Salarial de las cantidades adeudadas por empresas declaradas insolventes o en concurso de acreedores a sus trabajadores y trabajadoras dentro del plazo establecido por la ley: 3 meses.
Pagos del Fogasa en Barcelona
Al finalizar el año 2014 las Unidades del Fondo de Garantía Salarial distribuidas por todo el Estado Español estaban dando un tiempo de respuesta medio de 92 días para la resolución de un expediente. Sin embargo este plazo ha venido siendo notablemente superior en algunas provincias, como por ejemplo en Badajoz donde el plazo medio de espera asciende a los 458 días (casi 1 año y medio). En la misma línea están provincias como Pontevedra (320 días), Madrid (318 días) o Cádiz (307 días).
La Unidad del Fondo de Garantía Salarial en Barcelona no es una de las más ágiles. En esta provincia el plazo medio de espera para la resolución de un expediente a finales del año 2014 estaba en torno a los 298 días, bastante por encima de la media y sobre todo del plazo de 3 meses que por ley debería tardar en pagar el Fogasa.
Estos retrasos en parte se podrían deber a la falta de personal que tiene este organismo para hacer frente a la avalancha de solicitudes que ha venido recibiendo en los últimos años. El secretario de UGT en Cataluña afirmó el pasado año que los impagos del Fogasa se estaban produciendo en un momento en el que se estaba privatizando la gestión de este organismo, y calificaba este proceso de privatización como una solución ineficaz ante los retrasos de los pagos del Fogasa en Barcelona y muchas otras provincias.
Tras la sentencia dictada por el TS se pone fin a plazos de espera interminables para el cobro de salarios adeudados e indemnizaciones por despido impagadas.
Aclaradas todas las dudas sobre cuánto tarda en pagar Fogasa animamos a todos los trabajadores y trabajadoras que tengan un recurso pendiente con el Fogasa en Barcelona y que se vean en esta situación de espera interminable o que necesiten la ayuda de un equipo de asesores laborales o abogados laboralistas para gestionar su solicitud ante el Fogasa, que se pongan en contacto con Borrell Gestora para ampliar información sobre cómo gestionar su reclamación.