¿Por qué es importante llevar un registro de la jornada laboral de tus empleados?

Publicado el 01/03/2017, en Contratos de trabajo, Contratos

 

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A causa del Plan de Control 2016 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se han endurecido los controles y la revisión de todos los aspectos relacionados con la actividad de la empresa, sus empleados y los horarios de trabajo. 

La principal novedad es que en las inspecciones también figure la vigilancia del registro de las jornadas de los trabajadores a tiempo completo que no era obligatorio hasta ahora. Con esto se busca evitar los fraudes en la realización de horas extraordinarias y asegurar su correcta retribución.

En resumen, si eres empresario tienes que llevar un registro del horario de tus empleados a tiempo parcial y completo.

 

Condiciones y consecuencias del incumplimiento

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Además de indicar en el contrato del empleado la distribución de la jornada laboral, el empresario tiene que cumplir dos premisas más:

  • La realización del cómputo por mes de las horas ordinarias, las complementarias y las extraordinarias, dando al trabajador una copia del resumen junto con su nómina.
  • Guardar los registros de jornada en el lugar de trabajo durante un mínimo de cuatro años.

Si en la inspección se descubre algún incumplimiento en las jornadas de trabajo:

  • En el caso de que el incumplimiento se deba a cuestiones formales o documentales se impondría una multa de entre 60 y 625 euros por una infracción leve que figura en el Art. 6.6 de la Ley de infracciones y sanciones.
  • En el caso de que se de un incumplimiento de jornada la multa estaría entre los 625 y los 6.250 euros.

Para evitar estas sanciones es fundamental para el empresario llevar al día un registro de la jornada, por lo que tiene que tener un método de gestión para controlar la jornada y entregar el registro de ésta al trabajador junto con una copia de la nómina mensual.

 

Información que debe contener el registro de la jornada 

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  • Nombre de la empresa.
  • Nombre del trabajador.
  • Recibí del trabajador.
  • Firma del representante legal de la empresa, si es que lo hay.
  • Concreción de la jornada de trabajo recogida en el contrato de trabajo.
  • Hora de entrada y salida de cada trabajador, indicando las horas ordinarias, complementarias o extraordinarias, realizadas y desglosadas por cada día de trabajo efectivo.

Si tienes problemas para llevar un registro de las jornadas de tus trabajadores, con nuestro equipo de asesores laborales podemos ayudarte a hacerlo y que evites posibles sanciones. Haz click aquí y estaremos encantados de resolver tus dudas sin ningún compromiso.

 

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